Mis servicios profesionales son:
- Servicios de Mediación Familiar
- Emisión de Informes Sociales, Técnicos (imputados) y Periciales (víctimas)
La oficina se encuentra ubicada en calle Eleuterio Ramírez Nº 816, Oficina 19, Piso 2 en la ciudad de Osorno.
Fono Consulta
Para asegurar tu atención llama a cualquiera de los siguientes teléfonos:
(64) 525067
(08) 4426742
En horario de 9: 00 a 18 Hrs. de Lunes a Viernes.
Paola Aedo

- Trabajadora Social - RCAS Nº 9241.
- Mediadora Familiar - Reg. Nº 058 Ministerio de Justicia, Chile.
- Perito Social - Defensoría Penal Pública.
- Perito Judicial - I.Corte de Apelaciones de Valdivia.
Recibo solicitudes de atención y/o consultas al mail:
A los señores (as) Abogados :
Ofrezco servicios de Peritajes Sociales a través de la realización de Informes Sociales, Técnicos ( imputados) y Periciales (víctimas).
Amplia experiencia como Perito de la Defensoría Penal.
Para solicitar este servicio favor contactarse al teléfono (64) 525067 o al celular (08) 4426742 , e-mail : serchimed@gmail.com
Algunos Informes Sociales con el carácter de técnicos realizados en materia Penal , en causas tales como :
- Robo con Intimidación
- Robo con Violencia
- Robo en Lugar Habitado
- Robo con Homicidio
- Homicidio
- Porte Ilegal de Armas
- Tráfico Ilícito de Drogas
- Tráfico de Estupefacientes
- Microtráfico de Drogas
- Abuso Sexual
- Violación
- Abigeato
- Conducción en Estado de Ebriedad
Informes Sociales que realizamos para Tribunales de Familia :
- Demandas de Pensiones de Alimentos
- Regulación de Cuidado Personal de Hijos (Tuición)
- Regulación de visitas a los hijos
- Divorcios
- Violencia Intrafamiliar
Informes Sociales realizados en materia Civil en causas tales como:
- Juicios por Indeminización de Perjuicios.
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Enviado por Paola Aedo el viernes, 19 junio, 2009 a las 16:57

Cartas Diario "EL Mercurio".
Viernes 19 de Junio de 2009
Licitación y mediación familiar
Señor Director: En los últimos días hemos sido testigos de la difusión que el Ministerio de Justicia ha realizado de la puesta en marcha, en diez regiones del país, del sistema de mediación familiar obligatoria introducido por la reforma a los Tribunales de Familia. La ley contempla que los servicios de mediación sean proveídos por mediadores contratados mediante un sistema de licitación pública, proceso que se realizó por segunda vez, desde el inicio de la justicia de familia, en el mes de mayo pasado. Como sector comprometido en el éxito del nuevo sistema manifestamos nuestra preocupación por la forma en que se llevó a cabo dicha licitación, afectada por numerosas deficiencias e irregularidades que atentan gravemente contra la normativa legal que rige la contratación estatal, deficiencias que podrían incidir en la calidad de los servicios de mediación familiar que se otorgarán en los próximos tres años. Como entidad gremial hemos recibido denuncias de parte de oferentes de todo el país, que dan cuenta de exclusiones arbitrarias, asignación discriminatoria de puntajes técnicos, modificaciones extemporáneas de las bases de licitación y otras situaciones que, en su oportunidad, pusimos en conocimiento del Ministro de Justicia, y que hemos dado a conocer a la comunidad mediante declaración pública. Actualmente existen diversas reclamaciones ante instancias administrativas y judiciales que generan una justificada incertidumbre respecto de la adecuada implementación de la reforma. Los defectos de la licitación son, a su vez, síntoma de un cuestionable diseño del sistema de provisión de los servicios de mediación, provocando distorsiones que afectan la calidad de los servicios y los puntos de equilibrio de un mercado de servicios pequeño, heterogéneo y no suficientemente consolidado. Lo anterior ha traído como consecuencia que parte importante del universo de las causas licitadas se ha concentrado en organizaciones con escasa experiencia que emplearán a mediadores sub-remunerados, lo que podría incentivar procesos técnica y éticamente deficitarios en detrimento de los usuarios y de la propia valoración cultural de este método colaborativo en la comunidad nacional. Como ente que congrega los intereses de los mediadores y mediadoras chilenos, esperamos que la autoridad escuche a los profesionales e instituciones que han trabajado por más de 15 años en estas materias y rectifique los errores, que afectan al pilar de un sistema que la comunidad nacional unánimemente valora y del que abriga altas expectativas. Macarena Vargas Pavez Felipe Viveros Caviedes Rosario Falco Martínez Directorio Colegio de Mediadores de Chile A. G.
Enviado por Paola Aedo el martes, 14 abril, 2009 a las 20:51

Un reportaje del Diario La Nación del 15 de Mayo de 2007 señalaba "La Resolución de Conflictos entre alumnos disminuye actos violentos".
La impactante ola de suicidios escolares acontecidos durante el año 2006 por bullyng o acoso escolar condujo al Ministerio de Educación a instalar un modelo de mediación escolar en 75 establecimientos educacionales de Santiago, Temuco, Rengo y Talca.
La Mediación escolar o Mediación entre iguales, es un sistema de resolución de conflictos llevado a cabo por un tercero neutral , en este caso por un compañero de colegio de ambas partes , quien poniéndose en antecedentes del conflicto, les ayuda para que éstos alumnos sean capaces por sí mismos de dar por solucionado su problema a través de acuerdos.
Para llevar a cabo la mediación , los establecimientos educacionales dispusieron de oficinas de mediación en su interior, las que resultaron ser ampliamente exitosas, ya que su existencia permitió una reducción importante de los actos de violencia entre niños al interior del colegio.
La mediación escolar o entre pares , es un método de resolución pacífico de conflictos de comprobada eficiencia en la prevención de hechos de violencia, lo cual no sólo enseña a niños y jóvenes que es posible resolver conflictos de esta manera en su colegio, sino también en su vida familiar y social.
Por eso, cuando los establecimientos educacionales instauran y validan la mediación escolar entre los alumnos, sin lugar a dudas lo que estan haciendo es promoviendo nuevas generaciones capaces de desarrollar una sana convivencia, sustentadas en valores tales como el respeto,la paz, la tolerancia y el diálogo.
Enviado por Paola Aedo el domingo, 12 abril, 2009 a las 19:27

Si su hijo vive aterrorizado con la idea de asistir a la escuela, se muestra nervioso, triste y solitario en su vida cotidina, ponga atención porque puede ser que su esté siendo víctima de bullyng.
El bullyng es un término en inglés , que se refiere al acoso escolar, hostigamiento o matonaje escolar y consiste básicamente en cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico entre escolares en forma persistente durante el tiempo. Este tipo de violencia se da tanto dentro como fuera de la sala de clases, por ejemplo en los recreos y en algunos casos la dureza de la situación puede acarrear en la víctima hasta pensamientos sobre suicidio.
Un lamentable ejemplo de bullyng fue publicado a través de terra.cl el 25 de Marzo cuando en la ciudad de Valdivia un alumno de 16 años de origen alemán (alumno de intercambio) propinó una patada por la espalda a una compañera quien al caer se lastimó su rodilla derecha y perdió una pieza dental, tras la agresión el autor permaneció detenido en la Primera Comisaría de Valdivia, siendo posteriormente entregado a su tutor en la ciudad.
Enviado por Paola Aedo el sábado, 11 abril, 2009 a las 21:36
El principio de voluntariedad
Significa que las partes participan de manera libre y sin que ninguna autoridad los obligue. También pueden abandonar en cualquier momento el proceso de mediación sin que signifique un perjuicio para la parte que tomó esa decisión.
El principio de igualdad de condiciones de las partes
Significa que ninguna de ella puede abusar de la situación de inferioridad de la otra, de su error o ignorancia pretendiendo lograr un acuerdo desequilibrado o manifiestamente injusto.
El principio de interés superior del niño, niña, adolescente o terceros interesados
Significa que las partes y el mediador deberán procurar el bienestar de los niños y niñas y tomar en cuenta sus necesidades al momento de llegar a acuerdos.
El principio de confidencialidad
Significa que el mediador deberá guardar reserva de todo lo escuchado o visto durante el proceso de mediación y no podrá revelar su contenido a menos que las partes, de común acuerdo, lo autoricen.
El principio de protagonismo de las partes
Significa que ellas mismas son las que buscan una solución al conflicto, ayudados por la persona mediadora, quien no les impone un determinado acuerdo.
El principio de imparcialidad
Significa que el mediador/a no debe tomar partido por ninguna de las partes del proceso y que sus creencias no pueden convertirlo en aliado de una de las partes.
Fuente : Ministerio de Justicia.
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¿Que problemáticas se resuelven a través de Mediación?
- Pensiones de Alimentos (Fijación, aumentos o reducción)
- Cuidado Personal de Hijos (Tuición)
- Regulación de visitas a los hijos (Régimen de visitas)
- Autorizaciones para salidas al extranjero de hijos menores de edad
- Repartición de Bienes de la Sociedad Conyugal
- Asuntos relativos a la crianza u educación de los hijos, etc.
¿En que momento puedo ir a la Oficina de Mediación?
- Antes de interponer una acción judicial (demanda en el Juzgado de Familia)
- Al interponer una acción judicial (al hacer la demanda en el Juzgado de Familia)
- Durante el procedimiento judicial en el Juzgado de Familia y hasta 5 días antes de la Audiencia de Juicio Oral.
¿ Por qué es mejor ir a la Oficina de Mediación que a un Juicio?
- Porque los problemas se resuelven más rápido generalmente en 3 o 4 sesiones y no en más de 1 año como en el Juzgado de Familia.
- Porque los Acuerdos tienen IGUAL VALOR LEGAL DE SENTENCIA JUDICIAL, tan pronto son homologados en Tribunales de Familia.
- Porque asistiendo a Mediación evitas "pasar un mal rato" confrontándote con tu contraparte en el Juzgado y por el contrario a través de la Mediación es posible que resuelvas dialogando (y no acusando), en forma pacífica y de respeto mutuo.
- Porque en el Centro de Mediación se ofrece un ambiente cálido y confidencial, muy distinto a lo intimidante que puede resultar para algunas personas llegar a un Juicio Oral.
- Porque en el Centro de Mediación se dará prioridad al bienestar de los niños, niñas y adolescente, con pleno respeto del "interés superior del niño".
- El Centro de Mediación SERCHIMED (Servicio Chileno de Mediación) dispone de un equipo de profesionales con sólidos conocimientos y experiencia en materia familiar, que complementan muy bien su trabajo desde la perspectiva jurídico-social , nuestro compromiso es ofrecer un servicio eficiente y de calidad a todas las personas.
OSORNO - Región de Los Lagos
A tí que eres mamá o papá :
Recuerda que un quiebre en tu relación de pareja no tiene por qué afectar la felicidad de tus hijos, seguirás siendo "padre" o "madre" por siempre, no descuides la relación con tus hijos, ellos tiene el mismo derecho que tuvistes tú de vivir una infancia y adolescencia feliz.
Las rupturas de pareja si bien son un proceso difícil y de cambio, se debe procurar que éstos cambios sean lo menos traumáticos posible para los hijos, una asimilación "sana" de este proceso para ellos, es que independiente sea el motivo de separación, entiendan de que ambos padres seguirán amándoles por siempre, lo cual siginifica por cierto, asumir todas tus responsabilidades como tal.
Ley 20.286
Conoce aquí la ley que introduce modificaciones orgánicas y procedimentales a la ley de Tribunales de Familia.
LEY 20.286.pdf
Manual de Mediación Penal
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